
Comunicación - junio 5, 2019 - Académicas, Capacitación, Capacitación IIJJ, Noticias, Sin categoría
“Jornadas: ¿Cómo litigar casos penales de violencia de género? Principales cuestionamientos prácticos”
Invitamos a los Asociados en el marco de las actividades académicas del IIJJ Instituto de Investigaciones del Colegio a participar en las**“Jornadas: ¿Cómo litigar casos penales de violencia de género? Principales cuestionamientos prácticos”**a cargo del Docente – Capacitador: Dr. Matías Nicolás Morel Quirno a realizarse los días 21 y 22 de junio del cte. año.
***Organiza:***CMFS | Colegio de Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial y Ministerio Público de Salta.
***Inscripción:***Sin costo para los asociados por tel. 4-398705 o por email: cmfs@magistradossalta.org.ar ; administracion@magistradossalta.org.ar. Cupo Limitado.
Lugar: Salón de la Escuela de la Magistratura. Ciudad Judicial
Días y Horarios del Curso.
- Viernes 21 de Junio
14:30 hs. Acreditaciones
15:00 hs. a 16:30 hs. clase
16:30 hs. pausa-café
17:00 hs. a 20:00 hs. continuación clase
- Sábado 22 de Junio
9:00hs. a 10:30 hs. clase
10:30 hs. pausa-café
11:00 hs. a 13:00 hs. continuación clase
Entrega de Certificados
PROGRAMA
DÍA 1: Viernes 21/6
*1.*Presentación. *2.*Definición de violencia de género y de distintas modalidades de violencia (doméstica en particular). Normativa internacional, regional y nacional aplicable [bloque normativo de protección]. Jurisprudencia útil de diferentes jurisdicciones. Distinciones con violencia familiar. Vinculación con Ley nacional de identidad de género. *3.*Medidas cautelares penales versus medidas de protección de víctimas. Catálogo civil y penal existente. Fines del proceso penal versus protección de la víctima (medidas restrictivas). Mirada tradicional [sistema mixto] y visión actual
[sistema acusatorio / adversarial]
*4.*Entrevista de víctimas. Mirada tradicional versus cambio de intervención. Cuadro completo [historial de violencia]. Cámara Gesell (desde el inicio o no –artículo 327 del CPP Salta–). Fueros especializados para la temática. Re victimización. Informes especializados, indicadores de riesgo, plan de protección. Menores de edad víctimas (diferenciación). Protocolos de actuación.*5.*Acciones dependientes de instancia. Situación de vulnerabilidad de víctimas versus formalismos al denunciar. Razones de interés público [fundamento]. Impulso de oficio del MPF. Informes especializados. Códigos de fondo. Normativa internacional y jurisprudencia novedosa. Intervención de la Defensa (nulidad y excepciones).
DÍA 2: Sábado 22/6
*1.*Obligación de denunciar versus alcance del secreto profesional en la salud. Cuestionamientos procedimentales actuales. Artículo 322 del CPP Salta. Solución legal. *2.*Cuestiones de competencia. Normativa y jurisprudencia aplicables. Soluciones tradicionales versus actuales. Estrategias y necesidad de valorar el contexto. Debido proceso adjetivo y tutela judicial efectiva. *3.*Métodos alternativos de resolución de conflictos [MARC]. Instrumentación en casos de violencia de género, de violencia intrafamiliar, y de maltrato infantil. Mediación / Conciliación / Autocomposición [diferencias, abordaje, decisión de la víctima / denunciante, informes especializados, empoderamiento de víctimas, seguimiento de acuerdos]. Recomendación General N° 35 de CEDAW. Instrumentación en concreto. Control de la Defensa [producción de informes técnicos, entrevista de víctimas, intervención en informes especializados del MPF].*4.*Suspensión del Proceso a Prueba. Rol del MPF a partir del fallo de CSJN “Góngora”. Deber del Estado Argentino según Convención de Belém do Pará. Jurisprudencia posterior. Pretensión de la víctima. Rol de la Querella. Contenido de la SPP
- Diferencia existente entre sistema mixto nacional actual, sistema acusatorio de CABA, y sistema de proceso penal de Salta (artículo 425 del CPP Salta y límite temporal del artículo 441 del CPP Salta). Conflicto intra familiar con intervención penal [abordaje mediante SPP].*5.*Principio de Amplitud probatoria según CPPN, CPPCABA y CPP Salta (artículo 282). Interpretación. Jurisprudencia útil. Control de las partes. *6.*Producción de prueba que pretenden las partes, por el MPF (artículo 436 párrafo 2° del CPP Salta). Alcance del artículo 26 de la Ley de Ministerio Público de Salta.
CV abreviado de Dr. Matías Nicolás Morel Quirno.
Abogado y Bachiller en Derecho (UBA), Magíster en Derecho y Magistratura Judicial (Universidad Austral), Especialista en Derecho Penal (Universidad Austral), Especialista Nacional Avanzado en la Lucha contra el Narcotráfico (SEDRONAR), Capacitador en Reformas Penales y Procesales (CEJA/INECIP/Ministerio de Justicia de la Nación), Formador de Capacitadores (INECIP), Director del Área Penal y Procesal Penal e Investigador (FORES), Docente universitario (UBA, Austral, ISSP de Policía de la Ciudad, SITRAJU, FUNJUS), Director de la Revista de Derecho Penal y Procesal Penal de la CABA publicada por IJ Editores, y Secretario de Fiscalía de Cámara del Ministerio Público Fiscal de CABA.
EL CONSEJO DIRECTIVO
