COMUNICADO La Justicia debe poder realizar su labor libre de presiones
Las presiones indebidas externas o internas afectan la independencia judicial.
La independencia de la Magistratura abarca no sólo a los jueces sino también a los magistrados requirentes (Fiscales, Defensores Oficiales y Asesores de Incapaces).
La justicia está llamada a ser independiente. El art. 2 del Código Iberoamericano de Ética Judicial, vigente en la Provincia, dispone que “ el juez independiente es aquel que determina desde el Derecho vigente la decisión justa, sin dejarse influir real o aparentemente por factores ajenos al Derecho mismo”. La Federación Argentina de la Magistratura, en la Declaración de Campeche (México, 2008) afirma que “la independencia y la imparcialidad de los jueces es condición previa y necesaria para la vigencia real de los derechos fundamentales”.
Los Magistrados debemos trabajar con el único temor de cumplir con los mandatos de la ética judicial.
Por eso, la vía de control y eventual corrección de los actos judiciales son los medios de impugnación procesales y no las denuncias. Por tal motivo no deben abrirse procesos de investigación a magistrados, ni procesos de enjuiciamiento mientras haya recursos, quejas, vías impugnativas que canalizan los desacuerdos con las decisiones de los magistrados.
La apertura de estos procesos paralelos afecta la independencia judicial. Reafirmamos que la independencia no es sólo de las partes (imparcialidad) o de los demás poderes del estado (independencia externa) sino también importa la libertad de pensamiento y juzgamiento independiente (independencia interna). No resulta más tolerable que la intromisión provenga de la misma Administración de Justicia (Poder Judicial o Ministerio Público), a que sea de los demás poderes del Estado o de abogados en ejercicio de la Defensa. La independencia se resiente si, ante cada resolución que alguno de los sujetos del proceso estime errada, recurre a la amenaza de jury, a la denuncia mediática o a la pretensión de abrir un proceso penal.
El Derecho no es una ciencia exacta, de allí que resulte muy difícil que existan temas en los que la doctrina y la jurisprudencia sean unánimes. Cuando el fallo de un juez (o el dictamen de un fiscal) no satisface el interés de las partes, la ley prevé los mecanismos para impugnarlo.
Proteger y respetar la imparcialidad e independencia de los magistrados, es tarea de todos, aun cuando las decisiones, encontrándose ajustadas a la interpretación sobre el derecho aplicable, no se correspondan con el sentimiento de parte de la población. Es que, como se dijo en la IV Conferencia Nacional de Jueces “la independencia del poder judicial (–y agregamos la del Ministerio Público) es una garantía del ciudadano para que sus derechos sean respetados y se pongan límites a los poderes para un adecuado equilibrio republicano…”
Fortalecer la independencia judicial es trabajar por los derechos de los ciudadanos y la consolidación del estado constitucional de derecho. Por ello la Asociación de Jueces y el Colegio de Magistrados y Funcionarios de Salta expresan su preocupación ante avances que afecten esta garantía esencial de la democracia.