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CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE COLEGIO DE MAGISTRADOS Y FUNCIONARIOS DE SALTA Y DINA DESARROLLOS INMOBILIARIOS

Entre INMOBILIARIA DINA representada por el Sr. JOSÉ IGNACIO TOLEDO, DNI 32.365.715, con domicilio en Avenida de la Batalla de Salta N° 58, Oficina 18, Salta Capital, Código Postal 4400, denominada de ahora en más LA OFERENTE, por una parte; y por la otra, COLEGIO DE MAGISTRADOS Y FUNCIONARIOS DE SALTA , con domicilio en Los Paraísos 114 B° Tres Cerritos de la ciudad de Salta, en adelante EL COLEGIO, representada en este acto por su Presidente EDUARDO A. BARRIONUEVO DNI 22.676.141 convienen en celebrar el presente convenio de colaboración para la provisión de bienes y/o servicios, el cual se regirá por las siguientes cláusulas:____________________________________________

PRIMERA: La empresa OFERENTE, se desempeña en el rubro inmobiliario con la matricula profesional otorgada por el CUCIS, número 330.__________________

SEGUNDA: EL COLEGIO, mediante el presente acuerdo de adhesión, acepta el ofrecimiento de LA OFERENTE, que consiste en que los profesionales nucleados en la entidad, ante la sola presentación de credencial perteneciente a la institución o en su defecto carnet, DNI., etc. habilitante para ello y al personal perteneciente a la institución puedan acceder a todos los beneficios que esta tenga vigente con empresas y desarrolladoras de la construcción (dichos beneficios podrán consistir en precios preferenciales, honorarios inmobiliarios sin costo, honorarios de escribanía reducidos, financiación extendida, entre otros), como así también una bonificación del 15% en tasaciones y un 10% de descuento en comisiones.__________

EL COLEGIO se compromete a comunicar a todos sus matriculados y empleados los beneficios descriptos en el presente convenio y difundirlo por medio de sus Redes Sociales, mail personal, cartelera de avisos de la entidad y facilitar datos de contacto de Inmobiliaria DINA._________________________________________

TERCERA: A los efectos de control de identidad que la firma OFERENTE eventualmente necesite realizar respecto de quienes pretendan utilizar los servicios que se adhieren y acceder a los descuentos pactados, EL COLEGIO facilitará a la OFERENTE un padrón, listado o la forma de consulta que EL COLEGIO considere conveniente con la información de todos los socios/empleados en condiciones de acceder a los servicios pactados._______________________________________

CUARTA: Ambas partes acuerdan que cualquiera de las partes contratantes podrá dejar sin efecto el presente convenio, previa notificación. Validez del Acuerdo: El presente convenio tendrá vigencia por el término de seis (6) meses, prorrogándose automáticamente por períodos iguales; salvo que cualquiera de las partes manifieste su voluntad de no continuar. Ambas partes expresamente acuerdan que la resolución unilateral del presente convenio es facultativa para cada una de ellas, y no generará derecho a ningún reclamo en concepto de resarcimiento indemnizatorio de ninguna especie.__________________________________________________

En prueba de conformidad, se firman dos (2) ejemplares de un mismo tenor y efecto, en la ciudad de Salta, a los 10 días del mes de diciembre de 2018._____

 

 
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